Vigilancia por la Vida - El Nuevo Protocolo ante el Riesgo de Desnutrición Infantil en Colombia
- LEGAL SALUD ABOGADOS
- 18 feb
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El Instituto Nacional de Salud (INS) lanza un nuevo protocolo para vigilar el riesgo de desnutrición aguda en menores de 5 años ¿Es suficiente detectar el riesgo para garantizar el derecho fundamental a la salud?

El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Salud (INS) han oficializado el lanzamiento del protocolo de vigilancia en salud pública para el evento Código 114: el riesgo de desnutrición aguda en menores de 5 años.
Hasta ahora, gran parte del sistema reaccionaba ante el daño consumado. Sin embargo, este nuevo lineamiento, que se socializará el próximo viernes 20 de febrero, busca institucionalizar la prevención. A través de la estrategia de Búsqueda Activa Institucional Nutricional (BAI), el Estado colombiano pretende identificar las condiciones que anteceden a la desnutrición moderada o severa, pasando de una postura reactiva a una preventiva.
Es vital recordar que detrás del tecnicismo "Código 114" hay niños y niñas con historias, rostros y familias. La desnutrición no es solo un fallo metabólico; es una vulneración sistemática de la dignidad humana.
El hambre infantil es quizás la forma más cruel de violencia silenciosa. Este protocolo nos invita a dejar de ver a la infancia como cifras estadísticas (ese 7,3% estimado por la ENSIN) y empezar a verlos como sujetos de derechos que requieren protección antes de que su integridad física se vea comprometida irreversiblemente. Detectar el "riesgo" es un acto de humanidad, pues implica actuar cuando todavía hay tiempo para evitar el sufrimiento.
Este protocolo no es solo un manual técnico; es una herramienta vinculante que refuerza las obligaciones del Estado bajo el principio del Interés Superior del Menor (Artículo 44 de la Constitución Política de Colombia).
La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha sido clara: el derecho a la salud de los niños es fundamental y prevalente. Al establecer un protocolo específico para el riesgo, el Estado admite que su responsabilidad no inicia en la sala de urgencias con un niño desnutrido, sino mucho antes, en la vigilancia de los determinantes sociales.
Para la firma de Legal Salud, este documento es clave en litigio estratégico y defensa médica. Si una entidad territorial o una EAPB omite aplicar este protocolo y un menor sufre daños por desnutrición, ya no podrán alegar desconocimiento.
La existencia de la norma crea un estándar de diligencia exigible: la omisión en la vigilancia del riesgo se convierte en una falla del servicio.
Ramit Osorio Peña.
Abogado Constitucionalista
Especialista en Derecho Médico.

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